La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales, excepto para aquellos contribuyentes que deseen acceder a los beneficios fiscales que otorga la ley.
Esta medida, que entra en vigor con la Resolución General 5545/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial, surge del Decreto 70/2023, que derogó la Ley de Alquileres 27.551.
A partir de ahora, los propietarios ya no estarán obligados a inscribir sus contratos en el “Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)” para que tengan validez. No obstante, la nueva resolución de la AFIP establece que quienes quieran gozar de los beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, Bienes Personales y Ganancias, contemplados en la ley 27.737, deberán declarar sus contratos de alquiler en el RELI antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a su celebración.
El trámite se realizará a través del sitio web de la AFIP. Aquellos que ya tengan registrados sus contratos no deberán volver a hacerlo, salvo que haya modificaciones o actualizaciones.
En sintonía con esta medida, la Resolución General 5547/2024, también publicada hoy, elimina la obligación de que los empleados en relación de dependencia adjunten, en el servicio SiRADIG, una copia del contrato de alquiler de su vivienda para acceder a las deducciones del 40% y del 10% sobre las sumas pagadas por ese alquiler.
Es importante recordar que la AFIP ya había derogado el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), un documento que debía emitirse al vender un automotor o motovehículo usado en el país. Además, durante la actual gestión, el organismo eliminó las resoluciones generales que obligaban a los productores agropecuarios a presentar cinco declaraciones juradas anuales sobre su cosecha, y derogó el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) junto con la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) para autorizar importaciones, con el objetivo de facilitar el comercio exterior.